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¿Qué hacer en caso de Robo?

Cuando se produzca el robo de accesorios, un intento de robo o el robo total del vehículo, es obligatorio realizar la denuncia ante Carabineros y notificar de inmediato el siniestro a la compañía de seguros.

 
 

Detenerse siempre es obligatorio

La Ley N.º 20.770, conocida como Ley Emilia, establece que todas las personas involucradas en un accidente de tránsito —independientemente de si son o no responsables— deben detenerse en el lugar del hecho y prestar toda la ayuda necesaria. El incumplimiento de esta obligación conlleva graves sanciones, que pueden ir desde la suspensión de la licencia de conducir hasta penas de cárcel de hasta 5 años, según la gravedad de los daños o lesiones ocasionadas.

Sanciones aplicables según el caso:

  • Sin daños ni lesiones: multa de 3 a 7 UTM y suspensión de la licencia de conducir por hasta un mes.

  • Lesiones gravísimas: pena de 541 días a 3 años de cárcel, multa de 7 a 10 UTM e inhabilidad perpetua para conducir vehículos de tracción mecánica.

  • Muerte: pena de 3 años y 1 día a 5 años de cárcel, multa de 11 a 20 UTM, decomiso del vehículo e inhabilidad perpetua para conducir vehículos de tracción mecánica.

Debes recopilar la mayor cantidad posible de antecedentes del conductor del otro vehículo, como la patente, nombre, RUT, dirección, teléfono y cualquier otro dato de contacto que pueda ser útil posteriormente. No es obligatorio dejar constancia en Carabineros; sin embargo, sí debes informar el siniestro a la compañía de seguros dentro de un plazo máximo de 10 días desde ocurrido el hecho.

Si detectas alguna situación irregular en el otro conductor —por ejemplo, si es menor de edad, se encuentra en estado de ebriedad, tiene la licencia vencida u otra condición dudosa— se recomienda contactar de inmediato a Carabineros.

Debes recopilar la mayor cantidad posible de antecedentes del conductor del otro vehículo, como la patente, nombre, RUT, dirección, teléfono y cualquier otro dato de contacto que pueda resultar útil posteriormente. Además, es obligatorio realizar la constancia en Carabineros de forma inmediata.

 
 

Desde el 5 de julio de 2016 rigen las modificaciones a la Ley de Tránsito y al Código Penal incorporadas en la agenda corta antidelincuencia del Gobierno. Estas establecen que, cuando no existan terceros involucrados, no será exigible el documento de Constancia de Denuncio Policial al momento de declarar un siniestro ante la compañía de seguros.

En consecuencia, no es necesario realizar constancia en Carabineros; basta con declarar el siniestro a la compañía de seguros y firmar una declaración jurada simple.

La liquidación del siniestro corresponde al proceso mediante el cual se determina el pago de la indemnización, siempre que el evento ocurrido se encuentre cubierto por la póliza contratada.

Asimismo, la póliza contempla la posibilidad de ejercer las acciones judiciales correspondientes. En la mayoría de los contratos de seguro se establece la intervención de un árbitro para la resolución de conflictos. Conforme a la ley, la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) puede actuar como árbitro en casos que estime calificados, siempre que el monto reclamado no supere las 120 UF, o las 500 UF en el caso de los seguros obligatorios. Si el monto reclamado es superior a dichos límites, el árbitro deberá ser designado de común acuerdo entre el asegurado y la compañía de seguros.

 
 

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¿Qué hacer en caso de robo?

Hacer denuncia en Carabineros de forma inmediata y hacer la denuncia en la compañía de seguros.

Hacer denuncia inmediata en Carabineros y Bomberos y hacer la denuncia en la compañía de seguros.